Sospecha. Este último fin de semana, la TFA libró a Repsol de una multa millonaria por un conflicto de interés. Foto: Gestión

Por: Rodrigo Cárdenas

La empresa española Repsol, en particular la refinería La Pampilla S. A. A., se libró de pagar una sanción millonaria en medio de un conflicto de interés evidenciado por distintos medios locales.

Antecedentes

El pasado julio, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) le aplicó una primera multa a esta empresa con 1 087 UIT, que equivale a S/ 5 millones 004 491, por no establecer las zonas dañadas por el derrame de petróleo ocurrido en el mar de Ventanilla (15 de enero del 2022).

Posteriormente, la empresa europea apeló la multa, quedando a cargo la decisión al Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA), órgano resolutivo de OEFA, el cual el último sábado mediante la resolución N.º 003-2023-OEFA/TFA-SE declaró nulo el procedimiento anterior y por lo tanto excluye a la compañía petrolera pagar la millonaria sanción, justificado que se habría ‘vulnerado el procedimiento y el deber de motivación’. Asimismo, se ordenó retornar el procedimiento ‘hasta el momento en el que el vicio se produjo’.

Manifiesto conflicto de interés

La compañía actualmente tiene 5 sanciones económicas en el marco de 7 procedimientos administrativos sancionadores iniciados por la OEFA de los cuales uno está en trámite y los otros seis derivan en multas que suman más de S/ 70 millones.

En ese contexto, lo que más genera suspicacias es el primer procedimiento debido a que la secretaria del Tribunal de Fiscalización Ambiental, Angélica María García Gilio, es esposa de Adolfo Eugenio Huapaya Venegas, ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial de la Refinería La Pampilla, de acuerdo con la propia declaración jurada que presentó la técnica en abril del 2021.

Lo más llamativo es que la función que cumple la señora García es de proporcionar a los vocales – miembros que rechazan o aceptan las apelaciones del Tribunal de Fiscalización– asesoría técnica especializada a través de profesionales multidisciplinarios, según el reglamento de la institución.

En pocas palabras, la representante del TFA al conocer la relación conyugal con el señor Huapaya debió inhibirse al tener una función importante a la empresa que personifica.

Por esta razón, OEFA decidió separarla de su cargo; sin embargo, no fue impedimento para seguir laborando en sus funciones

De esta forma, Diario La Otra Cara buscó tener una conversación con personal de la compañía, en particular con el señor Wilmer Villanueva, supervisor de seguridad, quien comentó que por política de la empresa no está autorizado a dar opinión a razón de la empresa. Asimismo, al momento de conocer sus opiniones acerca de este conflicto de interés, personal de confianza y dirección de la empresa, por políticas de la empresa, no puede brindar declaraciones en temas similares, explicó.

Finalmente, hasta el cierre de esta edición, la Gerencia de Relaciones Públicas de la empresa no contestó nuestras llamadas para la investigación.

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