
El Caso Cócteles volvió al centro del debate judicial luego de que el Tribunal Constitucional (TC) anulara el juicio oral contra Keiko Fujimori y otros investigados. La decisión, respondió al habeas corpus presentado por su abogada, quien sostuvo que la Fiscalía había construido el caso aplicando un tipo penal que no existía al momento de los hechos. Según la defensa, el delito de lavado de activos en la modalidad de “receptación patrimonial” fue incorporado recién con la reforma legal de noviembre del 2016, después de las campañas presidenciales de 2011 y 2016 que investigan.
El TC consideró que la resolución judicial que aprobó la acusación no explicó de manera suficiente cómo se aplicaba esa figura penal ni en qué parte del expediente se sustentaba su uso. Tampoco precisó si correspondía emplearla en un contexto anterior a su incorporación en la ley.
Por esa falta de fundamentación, el Tribunal determinó que se vulneró el derecho de defensa y el principio de legalidad penal, anulando todas las resoluciones judiciales y actuaciones fiscales relacionadas, y ordenando que el caso regrese a la etapa de control de acusación para que la Fiscalía reformule sus cargos bajo una base legal adecuada.
Caso Cócteles
El Caso Cócteles es una investigación fiscal que involucra a Keiko Fujimori y a miembros de su partido Fuerza Popular por presunto lavado de activos. Según la Fiscalía, durante las campañas presidenciales de 2011 y 2016 se habrían recibido aportes ilícitos de la constructora Odebrecht y otros empresarios, los cuales fueron simulados como ingresos provenientes de cócteles y actividades de recaudación.
El caso sostiene que estas actividades sirvieron para blanquear dinero de origen ilegal y ocultar la verdadera procedencia de los fondos, estableciendo una presunta organización criminal dentro del partido político para financiar las campañas de Fujimori de manera irregular.
Otros casos de lavado de activos
Podría verse afectado el caso de Susana Villarán, exalcaldesa de Lima, quien enfrenta acusaciones por presuntos aportes ilícitos de Odebrecht y OAS en las campañas de revocatoria y reelección entre 2013 y 2014.
Según la Fiscalía, los fondos fueron encubiertos como aportes ciudadanos y actividades proselitistas. Sin embargo; dado que los hechos ocurrieron antes de 2016, su defensa podría invocar el precedente Fujimori argumentando que no existía la figura penal de “receptación patrimonial” al momento de los hechos. Aunque su juicio oral fue aprobado, este se encuentra suspendido mientras se resuelven apelaciones.
Otro caso con posibles implicancias es el de Ollanta Humala y Nadine Heredia, condenados en abril de 2025 a 15 años de prisión por lavado de activos vinculado a aportes de Odebrecht y del gobierno venezolano durante las campañas de 2006 y 2011. Si bien el proceso ya concluyó, la argumentación utilizada por el TC podría ser invocada en eventuales revisiones o recursos de nulidad, dado que los hechos también preceden la creación de dicha modalidad penal.
Especialistas en derecho penal advierten que este fallo podría tener efectos más amplios, alcanzando incluso a investigaciones regionales relacionadas con el caso Lava Jato. En varios de esos procesos, se acusa a funcionarios o políticos por lavado de activos bajo la figura de “receptación patrimonial”, pese a que los hechos ocurrieron antes de 2016.
Por: Sebastian Campos






