El excandidato presidencial Alberto Beingolea es acusado por colusión agravada por sus labores en el GORE Callao. Foto: Andina

Por: Rodrigo Cárdenas

El Primer Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios del Callao, difundió el último martes una solicitud de 10 años de pena privativa de la libertad contra el excongresista Alberto Beingolea Delgado, asi como los exgerentes del Gobierno Regional del Callao, Omar Martín Romero Aquino y Carlos Andrés Palacios Meza.

Además, el Ministerio Público mediante sus redes sociales comunicó la inclusión del apoderado de Adquisiciones de Bienes y Servicios del GORE Callao, José Abelardo Izquierdo Rodríguez en los hechos por el cual piden 9 años de prisión en el contexto de las investigación a la gestión de Dante Mandriotti.

¿De qué se le acusa al también periodista de GolPeru?

Alberto Beingolea es acusado según la fiscal provincial Katherine del Pilar Arpe Sánchez, de incumplir su contrato en la gestión del exgobernador Dante Mandriotti durante los meses de febrero y marzo del 2019 por asesorías legales a la Gerencia General Regional, es decir, los servicios por el que fue contratado no se completaron, sino que se contrató a un proveedor para cumplir el contrato que Beingolea debió realizar.

Por ese motivo, la fiscal Arpe acusa al también periodista del delito de colusión agravada junto a exfuncionarios cómplices de la fechoría.

En tal sentido, Arpe detalló que hay 33 elementos de convicción para esta acusación como un informe de la Contraloría de la República, testimonios de consejeros regionales y la presentación de la pericia contable.

Recordemos que esta pesquisa inició con la publicación de una denuncia en el semanario Hildebrandt en sus trece donde detalla que el exaspirante al sillón presidencial consiguió contratos con el Gobierno Regional del Callao por S/ 99.000.

Defensa de Beingolea acusa una “presión” de parte de la FPF al Poder Judicial

En conversación a un medio local, Juan Carlos Portugal, abogado del exparlamentario, explicó que la difusión pública de esta acusación (años de pena solicitados) corresponderia a la función de su cliente como vocero del Consorcio del Fútbol Peruano (GOLPERU) en medio de los conflictos televisivos con la Federación Peruana de Fútbol (FPF).

Esto quiere decir que el letrado denunció mecanismos de “presión” al Poder Judicial para decretar o no las imputaciones.

“Esta información obedece claramente a un contexto en el cual Alberto Beingolea está asumiendo un rol protagónico como vocero de Gol TV frente a una discusión con la Federación Peruana de Fútbol, que finalmente está transcendiendo a estos niveles para generar un mecanismo de presión hacia el Poder Judicial”, argumentó Portugal.

De la misma forma, detalló que su cliente cumplió todos los requisitos para ser contratado por el GORE Callao, con la presentación de documentos a la Fiscalía.

Finalmente, el defensor aclaró que hasta el momento no hay ningún juicio contra su representado y tampoco la programación de alguna fecha de audiencia.

“Que al fiscal no le agrede que el informe tenga 10 páginas, que sea escueto y que no sea una tesis, es otro asunto, pero el servicio se efectuó dentro del programa establecido y se dio la conformidad para el honorario que le correspondía por el servicio por el cual fue contratado. No hay perjuicio económico al Estado”, concluyó.

Por esa razón, Diario La Otra Cara conversó con Tania Quiroz, abogada penalista con más de 18 años de trayectoria para conocer sus impresiones.

El Ministerio Público solicitó 10 años de prisión efectiva contra Alberto Beingolea por colusión agravada en medio de su trabajo como asesor legal en el GORE Callao ¿Usted cree que el Poder Judicial decrete esta petición en el corto plazo?

No creo que le den un plazo de prisión preventiva ya que tiene que basarse en supuestos si cumple para que ejecuten ese pedido o no.

Según la Fiscalía, Beingolea no completó su trabajo como asesor legal al GORE Callao sino que se contrató a un proveedor para su realización. Por ese motivo, ¿es razonable el pedido de 10 años de prisión efectiva? 

Se tiene 3 aspectos fundamentales. Primero que es el delito de colusión agravada tipificada en el 384 del código penal, el cual tipifica cuando concurren elementos del tipo, esto quiere decir, primero el acuerdo clandestino de dos o más personas para lograr un fin ilícito, entre el Estado y un externo, en este caso el GORE Callao y Beingolea. Dos, perjudicar a un tercero, en este caso al Estado. Tres, mediante diversas formas contractuales para el cual se usa el cargo como condición especial en el delito anticipado que el funcionario público que interviene esté interesado en defraudar el Estado. También tenemos que ver en qué condiciones se dio la contratación, si no se cumplió con el trabajo contratado para el Estado.

¿Cuál es el procedimiento que se sigue en pedidos contra acusaciones legales de este tipo? 

Hay un recurso de nulidad que es el 237- 2010 Lima que señala el mero incumplimiento de contrato con el Estado no significa colusión agravada. En este caso se debe probar que el agente del Estado se dio con un externo para llegar a una concertación. Entonces no necesariamente haya un delito con el señor Beingolea por ser periodista y congresista pero no necesariamente por tener una amistad o hayan entablado un acuerdo (GORE Callao).

La esencia del delito no exige que se pruebe con un video en donde los se den la mano lo que si es necesario es que haya indicios suficientes para llegar a un concepto de voluntades, es decir un acuerdo entre las partes, pero la Fiscalía no ha podido probar eso.

¿Considera la posibilidad de alguna implicancia externa a las decisiones del Poder Judicial como asevera el abogado de Alberto Beingolea en medio de las disputas por los derechos de TV del fútbol profesional?

Nosotros siempre queremos que las autoridades, Ministerio Público y Poder Judicial actúen imparcialmente porque eso es lo que manda la norma. Esperemos que nuestro país busque justicia, cumplir la norma. Cumpliendo la norma podemos llegar a la justicia porque nosotros no podemos ser ciegos y aplicar algo que no debemos o por los que nos dejamos sentir u opinión pública.

Nadie está libre de estar en un proceso penal y no vamos a desear a nadie que reconozcan un documento falso como cierto y debemos proteger y exigir la legalidad en los procesos porque afecta los derechos y garantías.

 

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